Informaciones de utilidad
- Documentos emitidos en el extranjero: para que éstos tengan validez en Chile, deben estar certificados por la autoridad local competente y luego deben ser legalizados por el Consulado de Chile correspondiente a su jurisdicción. (Para más información ver legalizaciones) En nuestro país, a su vez, deben ser legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Este trámite lo puede hacer cualquier persona y se exige como único requisito la presentación de los documentos. Cuando un documento requiere de una traducción oficial, ésta debe solicitarse al Departamento de Traducciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Las inscripciones de nacimiento, matrimonio o defunción deben realizarse en el Consulado de Chile correspondiente de su jurisdicción, para que, a su vez, queden inscritos en el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. Sólo después de efectuadas dichas inscripciones, se podrá solicitar certificados o documentos de identificación. (Para más información ver en Menú Registro Civil – Inscripciones)